Incapacidad Permanente Total Cualificada: Características y Trámites

La incapacidad permanente total cualificada se concede a los trabajadores que, habiendo sido certificados con una pensión por incapacidad permanente total para su profesión habitual, han cumplido 55 años y no han conseguido reinsertarse en el mercado laboral.

Con las dificultades que presenta el mercado laboral hoy en día, una persona de 50 años que se queda sin empleo lo tiene muy difícil para encontrar trabajo. Pero si a esto le sumamos que tiene limitaciones físicas que le incapacitan para desempeñar su profesión habitual, puede convertirse en una verdadera hazaña encontrar trabajo en otro sector.

En el artículo de vamos a tratar la incapacidad permanente total cualificada. Explicando qué es, sus características principales y las dudas más frecuentes que recibimos de nuestros clientes.

Comenzaremos respondiendo a la primera cuestión y que, seguramente, te ha traído hasta este artículo ¿qué es la incapacidad permanente total calificada?

¿Qué es la incapacidad permanente total cualificada?

Cuando un trabajador, bien sea por un accidente laboral o no laboral, o bien por el desgaste físico que le produzca su trabajo, sufre una merma física o mental que le impide desempeñar su profesión habitual, se le concede la incapacidad permanente total.

De este modo, se le certifica como no apto para desempeñar su profesión habitual. Sin embargo, sus lesiones no le inhabilitan completamente para trabajar. Por lo que puede, en teoría, incorporarse a otro sector.

Sin embargo, teniendo en cuenta que los trabajadores quedan con secuelas físicas y la incapacidad para reinventarse laboralmente cuando están cerca de la jubilación, hace que muchos de ellos no encuentren trabajo.

Para compensar esta situación de precariedad, cuando un trabajador con incapacidad llega a los 55 años de edad, se le concede la incapacidad permanente total cualificada. La cual supone un incremento de aproximadamente un 20% en su pensión de invalidez.

Como aclaración, se realiza una distinción entre profesión habitual en caso de enfermedad común o profesional, o en caso de accidente laboral o no laboral. En caso de accidente, se considera profesión habitual a aquella que desempeña el trabajador en el momento del accidente. En caso de enfermedad, se considerará enfermedad profesional aquella que haya desempeñado el trabajador los últimos dos años o la desempeñada mayormente a lo largo de su vida laboral.

¿Se puede trabajar con incapacidad permanente total cualificada?

El objetivo de la incapacidad permanente total cualificada es aumentar la pensión de incapacidad que percibe el trabajador por la imposibilidad de encontrar trabajo a partir de los 55 años de edad.

Por ello, este incremento en la pensión de invalidez será incompatible con el desarrollo de otra actividad laboral remunerada.

Cuantía de la pensión por incapacidad permanente total cualificada

Como hemos dicho anteriormente, la pensión vitalicia que perciba el trabajador por haber recibido la incapacidad permanente total, se verá incrementada en un 20% según la marca la ley actualmente.

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Cómo solicitar la incapacidad permanente total cualificada

Para solicitar la incapacidad permanente total cualificada se deberá acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de la provincia del interesado, debiendo presentar el modelo de solicitud que ofrece la Seguridad Social.

Sin embargo, generalmente el INSS actúa de oficio en estos casos.

Los beneficiarios de pensión de incapacidad permanente total recibirán una carta cuando se aproximen a los 55 años en caso de no figurar de alta en el Seguridad Social diferente de su situación de pensionista. Notificando que se le aplicará de oficio un incremento del 20% en su pensión.

Conclusiones

Con esto hemos llegado al final del artículo. Espero que hayas despejado tus dudas sobre la incapacidad permanente total cualificada. Si tienes cualquier duda al respecto, no dudes en ponerte en contacto.

Aceptación de Herencia a Beneficio de Inventario: Trámites y Consejos

La aceptación de herencia a beneficio de inventario no es una opción novedosa, ni mucho menos. Pero con el empeoramiento de la economía desde 2008 y la incertidumbre del panorama económico, es una alternativa muy recomendable para que aceptar una herencia no se convierta en un drama.

Cuando acudimos a un trámite de aceptación de herencia, se nos pide que decidamos si aceptar o renunciar a la herencia. Pero debemos tener en cuenta que la herencia no sólo recoge los bienes del fallecido, también la componen las obligaciones y deudas contraídas.

En la mayoría de los casos, se sabrá con anterioridad la situación económica del fallecido, por lo que se podrá rechazar o aceptar la herencia “pura o simplemente”.

Sin embargo, en otros casos no se sabrá a ciencia cierta las obligaciones que gravan el patrimonio. Y en caso de aceptar la herencia “pura o simplemente”, si pasado el tiempo salen a la luz deudas y obligaciones sobre patrimonio heredado, deberás responder con todos tus bienes.

¿Qué significa aceptar la herencia a beneficio de inventario?

Por ello, para los casos en los que te encuentras en la disyuntiva entre aceptar o renunciar una herencia por no conocer totalmente la situación patrimonial del fallecido, está la aceptación de herencia a beneficio de inventario.

De este modo, se solicita un inventario de los bienes del fallecido. Se analizará la situación patrimonial del mismo y se liquidarán las deudas con los bienes de la herencia.

Después de este inventario y liquidación posterior, si todavía quedan bienes o derechos en el patrimonio, se procederá al reparto de la herencia.

En cambio, si las deudas superan a los activos, únicamente se responderá con los bienes de la herencia. Quedando a salvo el patrimonio del heredero.

¿Cómo aceptar la herencia a beneficio de inventario?

El proceso de aceptación de herencia a beneficio de inventario deberá realizarse por parte del heredero ante notario. O ante la autoridad judicial que sea competente.

Posteriormente, será el heredero el encargado de realizar un inventariado del patrimonio del fallecido, dejando constancia de los bienes, derechos, obligaciones y deudas que lo componen.

En caso de que la herencia sea aceptada por tutores, siempre será a beneficio de inventario.

Del mismo modo, la aceptación de herencia por parte del estado, fundaciones u organizaciones sin ánimo de lucro, siempre se considerará a beneficio de inventario.

¿Plazo para decidir la aceptación de herencia a beneficio de inventario?

Como norma general, el heredero tendrá un plazo de 30 días para aceptar la herencia a beneficio de inventario. Este plazo contará desde el día que sea consciente de su condición de heredero.

Estos plazos pueden variar dependiendo de varios factores. Como si están a su disposición (o no) la totalidad o parte de los bienes que compongan la herencia.

¿Cuándo se recomienda aceptar la herencia a beneficio de inventario?

En nuestra experiencia como abogados especialistas en herencias, los casos en los que es recomendable aceptar la herencia a beneficio de inventario son:

  • Cuando el heredero desconoce la situación económica del fallecido.
  • Si se hubiera prestado avales sobre deudas ajenas: estas pueden ser avales sobre préstamos de sociedades pertenecientes al fallecido o sobre préstamos de hijos o familiares. Estas obligaciones no se extinguen después del fallecimiento del avalista.
  • En caso de tener procedimiento judiciales o administrativos en curso: en estos casos pueden recaer sobre el heredero la obligación de pagar sanciones o indemnizaciones derivadas de estos procedimientos.

En todos estos casos lo que se busca es limitar la responsabilidad del heredero. Intentando poner a salvo su patrimonio.

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Conclusiones

Espero que hayas despejado todas tus dudas sobre la aceptación de herencia a beneficio de inventario. Si quieres más información al respecto, no dudes en ponerte en contacto.

Fiducia Aragonesa: Qué es y Cómo Afecta a los Herederos

En el artículo de hoy vamos hablar sobre una ley característica de Aragón: la fiducia aragonesa. La fiducia es una institución que recoge el derecho foral aragonés, a través del cual una persona otorga poderes a un tercero para repartir sus bienes después de su muerte.

Te puede parecer un procedimiento extraño, pero cuando conoces más a fondo la norma y su origen cobra sentido.

En los siguientes puntos analizaremos qué es la fiducia aragonesa, sus características principales y cómo afecta al reparto de una herencia.

¿Qué es la fiducia aragonesa?

La fiducia aragonesa, como indicamos al comienzo, es un procedimiento por el cual una persona decide dar poderes a un tercero para que decida el reparto de sus bienes cuando haya fallecido.

Se considera una alternativa al reparto de una herencia sin testamento, ya que será la persona que ostente la fiducia sucesoria quién decidirá el reparto de la herencia a su conveniencia. Debiendo respetar, claro está, la legislación sobre sucesiones que corresponda.

El origen de esta norma se remonta a los tiempos en los que la economía aragonesa era principalmente agrícola. En aquellos tiempos, en caso de dividir las tierras del fallecido entre los herederos estas perdían su productividad. Para evitarlo era conveniente mantener la unidad de las mismas.

Esto se conseguía reforzando la figura del cónyuge viudo usufructuario. Que, aunque no existen requerimiento para designar a un legatario, es en la persona que normalmente recae esta labor.

De este modo, el fiduciario podía asignar todas las tierras a un único hijo o nieto, para mantener la unidad de la tierra de cultivo.

¿Quién puede ser fiduciario de una herencia?

Como hemos dicho anteriormente, aunque es el cónyuge en el que recae normalmente esta responsabilidad, el derecho foral aragonés no establece ningún requerimiento para que alguien ostente la fiducia aragonesa.

La fiducia sucesoria está fundamentada en la confianza. Ya que se cede la decisión sobre el reparto de los bienes del fallecido. Por lo tanto, esta suele recaer en personas cercanas, ya sean familiares o amigos íntimos.

Hablamos en plural porque se podrá designar a varias personas como fiduciarios, por ejemplo, una junta de parientes. Los cuales deberán llegar a un acuerdo para la adjudicación de la legítima, a uno o varios descendientes del fallecido, y la parte de libre disposición.

¿Cómo se designa a un fiduciario?

Para designar a un fiduciario y las instrucciones que le quiera transmitir sobre su ejecución, administración y disposición de los bienes de su patrimonio, se deberá realizar a través de un testamento o escritura pública.

En caso de haber sido nombrado el cónyuge, esta designación carecerá de validez en caso de haberse producido separación judicial, divorcio, nulidad o estuviera en trámite cualquiera de estos procesos.

¿Cuándo se debe ejecutar la fiducia?

Dependiendo de la persona que ostente la fiducia se estipula un tiempo en el que debe decidir el reparto de los bienes del fallecido.

Cuando se trata del cónyuge, está ligado al usufructo vitalicio de los bienes. Por lo tanto, no será hasta la muerte del cónyuge, o la cesión de los bienes por el mismo, que los herederos forzosos puedan recibir la herencia.

En caso de no tratarse de un cónyuge, se establece un plazo de 3 años en el que el fiduciario tiene que establecer el reparto de la herencia.

Cabe destacar que, de no aceptar en un plazo de 60 días el requerimiento notarial o judicial para ser fiduciario, se perderá este derecho.

Qué derechos tienes el cónyuge fiduciario sobre los bienes

Estos derechos son semejantes a los que ostenta con el usufructo. El cónyuge puede vender bienes en caso de tener que hacer frente a obligaciones sobre el patrimonio del fallecido y con el objetivo de adquirir nuevos elementos patrimoniales que sustituyan a los anteriores.

En caso de existir hijos o descendientes, los cuales tienen derecho sobre la legítima de la herencia, el cónyuge fiduciario necesitará la aprobación de aquellos que ostenten derechos hereditarios sobre los bienes.

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Conclusiones

Con esto hemos llegado al final del artículo. Espero que hayas resuelto tus dudas sobre la fiducia aragonesa. Si tienes cualquier duda al respecto, no dudes en ponerte en contacto. Como abogados especialistas en herencias en Aragón podemos ayudarte.

¿Cómo se Reparte una Herencia en España? Guía Completa

Después de la muerte de un ser querido, los familiares se deben enfrentar a un proceso complejo como es el reparto de una herencia. Es algo por los que la mayoría de nosotros vamos a pasar, tarde o temprano. Por ello, es mejor estar preparado conociendo cómo se realiza este procedimiento.

Como decía al comienzo, este es un tema complejo. Dependiendo de tu situación familiar y la comunidad autónoma en la que te encuentres, el reparto de la herencia puede cambiar en gran medida. Por ello, se deberá estudiar cada caso de forma personalizada.

En los siguientes puntos repasaremos los aspectos clave que se tienen en cuenta para repartir una herencia. Así como el procedimiento a seguir en los casos más comunes.

Reparto de herencia con testamento

Este es el caso ideal, ya que el fallecido ha dejado por escrito cómo se repartirán sus bienes. Con ello, se evitan muchos conflictos familiares que surgen en este proceso.

Sin embargo, en contra de lo que se suele pensar, en muchos casos se producen irregularidades en el testamento, haciendo que pierda validez total o parcialmente.

Para iniciar el reparto de la herencia con testamento se procederá a la declaración de herederos y la posterior aceptación de herencia por parte de las personas llamados a heredar.

Aunque, si los bienes de la herencia no cubren las deudas sobre la misma, también existe la posibilidad de renunciar a la herencia o aceptar al herencia a beneficio de inventario, con lo que solo se responderán a las deudas con los activos de la herencia. Quedando a salvo el patrimonio del heredero.

Como veremos más adelante, la herencia se divide en diferentes partes. Y cada una corresponderá a sus herederos forzosos o será de libre disposición del testador.

Reparto de herencia sin testamento

Esta situación se puede producir por más motivos que el obvio: la ausencia de testamento. Las causas más comunes por las que se debe afrontar el reparto de una herencia sin testamento son:

  • La falta del mismo por falta de previsión del fallecido.
  • Nulidad o pérdida de validez del testamento.
  • La falta de cumplimiento del heredero de una condición impuesta por el testador.
  • Incapacidad del heredero.
  • No declarar herederos para una parte de la herencia.

En todos estos casos se considerará una herencia sin testamento. Por ello, para su reparto se deberá acudir a la ley para determinar qué parte corresponde a cada familiar según su grado. Vamos a repasar este aspecto en el siguiente punto.

Reparto de herencia según grado de parentesco

Dependiendo del grado de consanguinidad, y de la existencia de cónyuge y descendientes, el reparto de la herencia variará en gran medida.

Hablando desde un punto de vista general y sin tener en cuenta las comunidades autónomas que disponen de legislación propia en este aspecto, como veremos en el siguiente punto, el reparto de la herencia se puede esquematizarse del siguiente modo:

  • Cónyuge: ostenta el usufructo en vida de los bienes del fallecido.
  • Descendientes: los hijos serán los beneficiarios de la herencia de primer grado. Dependiendo de la comunidad autónoma donde residan, el reparto tendrá que ser solidario entre ellos o podrá ser adjudicado a un único hijo. En caso de ausencia, la herencia pasará a nietos o sobrinos.
  • Ascendientes: en caso de ausencia de descendientes la herencia pasará a ascendientes.

La cantidad que reciban cada uno de ellos dependerá de las últimas voluntades del fallecido y de la ley que se aplique en cada CCAA. Para comprender mejor este punto, vamos a analizar las partes en las que se divide una herencia.

Parte en las que se divide una herencia

La herencia se divide en varias partes, las cuales han de ser tenidas en cuenta cuando se procede al reparto de una herencia. Por ello, en contra de lo que se suele pensar, el fallecido no tiene libertad total para elegir el beneficiario de todos sus bienes.

En los casos en los que te encuentres en alguna comunidad autónoma donde hayan desarrollado una legislación propia (Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia, Navarra o País Vasco) este reparto variará.

Según el derecho general la herencia se divide en tres partes iguales.

  • La Legítima: este primer tercio se debe repartir entre los descendientes a partes iguales. En caso de que haya fallecido alguno de ellos, los beneficiarios serán los descendientes del mismo (nietos o sobrinos). En caso de ausencia, se repartirá entre los ascendientes a partes iguales.
  • De mejora: el tercio de mejora se debe repartir entre los descendientes, pero no a partes iguales. Este tercio lo pude asignar el fallecido a través del testamento a uno o varios de los descendientes.
  • Libre disposición: el tercio de libre disposición es la parte de la herencia que se podrá legar con total libertad. Por ejemplo, se puede dejar en el testamento que un tercio de la herencia recaiga en asociaciones benéficas, amigos, instituciones, etc.

Algo que se debe tener en cuenta en este punto es que, si el fallecido donó parte de sus bienes a algún hijo en vida, estos deberán ser tenidos en cuenta para el reparto de la herencia. Siendo descontados de la parte de legítima que le corresponda. A este aspecto se le denomina colación hereditaria.

Trámites para proceder al reparto de la herencia

El primer paso cuando un familiar fallece es solicitar un certificado literal de defunción en el Registro Civil donde falleció.

Este documento es necesario para iniciar los trámites para proceder al reparto de la herencia. Así como para para la cancelación de los contratos y suministros a nombre del fallecido.

El siguiente paso, como indicamos al comienzo, será realizar la declaración de herederos ante notario. Donde los mismos procederán aceptar la herencia o a renunciar a la herencia.

Este trámite, como decíamos, se realizará ante notario y se aconseja la asistencia de un abogado especialista en herencias para asesorar a los familiares en el proceso.

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Conclusiones

Como habrás visto, el reparto de una herencia es complejo y se deben tener en cuenta muchos aspectos. Por ello, te aconsejamos que nunca te enfrentes a este proceso sin el asesoramiento legal adecuado.

Donación o Cómo Repartir una Herencia en Vida

Lo que comúnmente se entiende como herencia en vida, en términos legales es una donación. Con esto nos referimos al reparto de los bienes que componen el patrimonio de una persona mientras vive.

Como abogados especialistas en herencias no aconsejamos la herencia en vida o donación excepto en casos muy puntuales (más adelante los veremos), ya que se pueden necesitar este patrimonio en un futuro. Por ello, será mejor mantener el patrimonio hasta el fallecimiento para que después se transfiera a sus herederos.

¿Por qué repartir una herencia en vida?

Una herencia en vida o donación se puede realizar por varios motivos. Entre los más comunes se encuentran el evitar discusiones por la herencia o ayudar a un familiar ante problemas económicos.

Además, podrá repartir su herencia con mayor libertad siendo que no tendrá que contar con la aprobación del resto de herederos, como sí sucedería en caso de una herencia. Sin embargo, esto tiene limitaciones. Veámoslo en el siguiente punto.

Lo que comúnmente se entiende como herencia en vida, en términos legales es una donación. Con esto nos referimos al reparto de los bienes que componen el patrimonio de una persona mientras vive.

Limitaciones para la donación o repartir la herencia en vida

Siendo una donación, esta se rige por lo que marca el Código Civil sobre este aspecto. El cual establece que la herencia en vida no podrá superar a la se hubiera satisfecho en la herencia. Dicho de otro modo, se tiene que respetar la legítima o cantidad sobre la que no se puede disponer libremente ya que corresponde a sus herederos forzosos (hijos y descendientes).

Únicamente un tercio del patrimonio es de libre disposición, excepto en comunidades donde exista legislación propia (Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia, Navarra y País Vasco). Por lo tanto, no se puede donar más de un tercio a un tercero o no descendiente. Sin embargo, en caso de donaciones a hijos se podrá donar la parte correspondiente a la legítima, más el tercio de mejora.

Cuándo se aconseja una donación o herencia en vida

Como abogados especialistas en herencias únicamente aconsejamos la herencia en vida o donación cuando se disponga de un patrimonio suficiente para que esta donación no ponga el riesgo la economía del donante en el futuro.

Además, habrá que tener en cuenta la legítima, ya que sino el beneficiario de la herencia, en caso de ser heredero forzoso, deberá realizar una colación hereditaria. Es decir, deberá aportar los bienes percibidos a la masa hereditaria para realizar el reparto entre los herederos forzosos. Ya que esta donación se considerará como un adelanto de la herencia.

Por ello, si se quieren evitar estos inconvenientes en el futuro la mejor solución es expresar a través del testamento cómo repartir la herencia.

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Conclusión

Como habrás visto en el reparto de una herencia sin testamento entran muchos factores en juego, por ello, es imprescindibles contar con un abogado experto en herencias que domine a la perfección el derecho de sucesiones y donaciones. Si tienes cualquier duda no dudes en consultar.

¿Qué es la Colación Hereditaria?

En el artículo de hoy hablaremos sobre la colación hereditaria. Este concepto legal hace referencia a la aportación que deben hacer los herederos forzosos a la masa hereditaria, por bienes que hayan recibido por parte del fallecido a través una donación u otro vínculo lucrativo, con el objetivo de sumarlos para su partición.

Este aporte se debe realizar al entenderse esta donación como un adelanto de la herencia. Por ello, una vez fallecido el donante, deberá ser computada para contabilizar el total de la herencia, calcular la parte que le corresponde a los herederos forzosos para proceder al reparto de la herencia.

La colación hereditaria es un concepto ligado a la legítima. Es decir, la parte de la herencia que corresponde a parte de los herederos y que no puede distribuirse libremente por el causante.

Los herederos forzosos serán aquellos que tienen derecho por ley a percibir parte de la herencia y que, como norma general, deberán repartirse parte de la herencia a partes iguales. De esto hablamos en otro artículo donde analizamos la legítima, concepto que está estrechamente relacionado con la colación hereditaria.

En los siguientes puntos analizaremos las características de la colación hereditaria y cómo actuar si se quiere evitar.

Características de la colación hereditaria

La colación hereditaria, como decíamos anteriormente, es un concepto ligado a la legítima. Es decir, la parte de la herencia que corresponde a parte de los herederos y que no puede distribuirse libremente por el causante.

Sin embargo, en cuanto a este tema no existe homogeneidad legal en España. Siendo que muchas comunidades autónomas han desarrollado sus propias leyes al respecto. Por ello, es recomendable consultar a un abogado experto en herencias en caso de enfrentarse a una situación similar.

Excepto excepciones, a cada uno de los herederos forzosos les corresponder una parte de la herencia legítima, entre un tercio (1/3) y dos tercios (2/3). Por ello, en el caso de que uno de ellos perciba en vida parte del patrimonio hereditario, este tendrá que aportar estos bienes cuando muera el familiar para sumarlo a la masa hereditaria.

Cuándo se aplica y cómo evitar la colación hereditaria

La colación hereditaria únicamente se aplica cuando hablamos de herederos forzosos. Siendo que esta acción busca defender las porciones hereditarias que deben recibir los mismos. Por ello, la colación se aplicará únicamente en los siguientes casos:

  • Cuando la donación la ha recibido un heredero forzoso.
  • Cuando se trate de una sucesión intestada o herencia sin testamento.

Por ello, una forma de evitar este trámite que puede ocasionar conflictos es realizar un testamento. De este modo, se puede expresar que los bienes donados forman parte de la herencia adjudicada al beneficiario.

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Conclusiones

En un proceso de colación siempre se requiere la asistencia de un abogado especialista en herencias, ya que la complejidad del proceso requiere un amplio dominio de la ley de sucesiones y donaciones. Si tienes cualquier duda al respecto, no dudes en ponerte en contacto.

La Legítima por Comunidad Autónoma: Cálculo, Reparto y Reclamación

La legítima es la parte de la herencia de la que no se goza de libre disposición para repartir libremente por el testador. Es decir, aquella parte que no se podrá otorgar a aquellos que no sean herederos forzosos del fallecido.

Dependiendo de la comunidad autónoma la norma cambia, dándose casos como en Aragón donde la legítima se modificó a través del Decreto Legislativo 1/2011 del Gobierno de Aragón. Más adelante veremos los casos específicos de la legítima en cada comunidad autónoma.

En el caso de una herencia sin testamento, se repartirán todos los bienes del fallecido entre sus herederos forzosos. Pudiendo ostentar el usufructo de los mismos el cónyuge viudo hasta su muerte.

Comenzamos el artículo analizando quiénes son los herederos forzosos.

¿Quién tiene derecho sobre la legítima?

Como decíamos al comienzo del artículo, los beneficiarios de la legítima serán los herederos forzosos del fallecido. Estos son aquellos que establece la ley como merecedores de una parte inamovible de la herencia. Aunque en el testamento no se les nombre tendrán derecho a percibir la parte de la legítima que les corresponda.

Sin embargo, dependiendo del grado de parentesco y la comunidad autónoma, los derechos y reparto de la herencia variará enormemente. Vamos a ver qué establece cada legislación.

En el caso de una herencia sin testamento, se repartirán todos los bienes del fallecido entre sus herederos forzosos. Pudiendo ostentar el usufructo de los mismos el cónyuge viudo hasta su muerte.

En el caso de producirse una donación en vida a algunos de los herederos, estos tendrán en reponer los bienes donados a la masa hereditaria para proceder a su reparto. Este proceso de conoce como colación hereditaria.

Cálculo de la legítima según comunidades autónomas

En España existen comunidades autónomas que tiene legislación civil propia. Por ello, habrá que tener en cuenta dónde reside el fallecido para aplicar la legislación que corresponda.

A continuación, veremos la norma nacional y la de las distintas comunidades autónomas.

La legítima en España

Aquellas comunidades autónomas que no haya desarrollado legislación propia se regirán por el derecho común. Estableciendo como herederos forzosos según el grado de parentesco a los siguientes grupos:

1º. Hijos y descendientes: aquellos con grado de parentesco más cercano tendrán prioridad sobre los más lejanos. En este caso la legítima será de dos tercios (2/3) de la herencia, la cual se divide a su vez en dos: por un lado, la legítima estricta (1/3) (que se repartirá a partes iguales) y por otro la de mejora (1/3) (que podrá asignar libremente entre sus descendientes).

2º. Padres y ascendientes: en ausencia de descendientes le corresponderá a este grupo la mitad de la herencia (1/2). Sin embargo, en caso de existir un cónyuge viudo la legítima será de un tercio (1/3).

3º. Cónyuge viudo: en este caso, su parte de legítima será en usufructo, dependiendo su cuantía de los parientes del fallecido que concurran, al encontrarse en el tercer nivel. De este modo, ante la existencia de hijos o descendientes le corresponderá el tercio (1/3) de mejora. Ante la existencia de ascendientes le corresponderá la mitad (1/2) y en el caso de no concurrir ni descendientes ni ascendientes percibirá en usufructo dos tercios (2/3) de los bienes hereditarios.

La legítima en Aragón

En Aragón la legítima se regula por del Derecho Foral Aragonés. En el cual únicamente se consideran herederos forzosos a los descendientes. Por ello, en caso de no tener descendencia (hijos, nietos, biznietos, etc.) el testador podrá repartir los bienes como quiera.

Su cuantía corresponde al 50% de la herencia, dando la libertad de asignarla en la proporción que desee entre sus descendientes. Existiendo únicamente la condición de entregarse a alguno de ellos, sin considerar el porcentaje de reparto. Es decir, podrá asignar la totalidad de la legítima a uno de ellos.

El otro 50% quedará de libre disposición y se podrá repartir como considere el causante.

La legítima en Baleares

En el caso de Baleares, donde se regula por el texto refundido de la Compilación de Derecho Civil de Baleares, se distingue entre dos regiones para la aplicación de al ley.

En Mallorca y Menorca la legítima abarca a ascendientes, descendientes y cónyuge, por este orden. Asemejándose más a la norma estatal. Los repartos se realizarán del siguiente modo:

  • Hasta 4 hijos la legítima será de un tercio (1/3) de la herencia. En caso de ser más de cuatro le corresponderá la mitad (1/2) de los bienes hereditarios.
  • En caso de no haber descendencia esta pasará a los padres. Los cuales dispondrá de una cuarta parte (1/4) en concepto de legítima.
  • Al cónyuge viudo le corresponderá la legítima en usufructo, siendo la mitad en caso de existir descendencia, dos tercios (2/3) en caso de concurrir con los padres y de la totalidad en ausencia de ambos.

En Ibiza y Formentera el único cambio está en el porcentaje de legítima que corresponderá a los padres en ausencia de descendientes. En este caso, será de la mitad (1/2) de la herencia en concepto de legítima o un tercio (1/3) su concurre el cónyuge viudo.

La legítima en Cataluña

En el caso de Cataluña la legítima será de una cuarta parte (1/4) de la herencia, la cual se repartirá entre los hijos a partes iguales. Y en ausencia de estos pasará a los padres del causante.

En Cataluña no se contempla al cónyuge como legitimario. Sin embargo, podrá reclamar lo que se denomina “la cuarta viudal” por la que percibirá en usufructo una cuarta parte (1/4) de la herencia.

La legítima en Galicia

En Galicia únicamente se les considera herederos forzosos a los hijos y descendientes, además del cónyuge. La legítima en este caso se limita al 25% del patrimonio del causante, debiéndose repartir con sus descendientes.

En el caso del cónyuge viudo, si existe descendencia disfrutará de una cuarta parte (1/4) en usufructo y de la mitad (1/2) en el caso de no haber descendencia. Disponiendo de preferencia para hacer efectivo el usufructo sobre su vivienda habitual o el local donde desarrolle su actividad, siempre y cuando este no supere su cuota usufructuaria.

La legítima en Navarra

El caso de Navarra es muy peculiar. En este caso la legítima consiste en atribuir los herederos legítimos, hijos y descendientes, de cinco sueldos o “carlines” en concepto de bienes inmuebles y una porción de tierra que la rodee.

Estas referencias no establecen contenido patrimonial exigible. Por lo tanto, a efectos prácticos el testador puede designar con libertad su patrimonio si establece su reparto a través del testamento.

La legítima en País Vasco

En el País Vasco la legítima contempla a los hijos y descendientes, además del cónyuge en concepto de usufructo.

A los hijos y descendientes les corresponderá un tercio (1/3) del patrimonio, pudiendo ser dispuesto con total libertad por parte del testador. Es decir, este podrá atribuir el patrimonio en parte o totalidad a cualquier descendiente, sin depender el grado.

En el caso de existir cónyuge viudo, si éste concurre con descendientes disfrutará en usufructo de un tercio (1/3) de los bienes o de dos tercios (2/3) en caso de no existir descendencia.

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Conclusión

Ya hemos llegado al final del artículo. Como habrás visto es un tema complejo en el que intervienen multitud de factores. Por ello, debe ser tratado por un abogado experto en herencias para asegurar la corrección legal del proceso.

¿Qué Incluye la Pensión Alimenticia en España?

El objetivo de la pensión de alimentos es que el cónyuge que no ostente la custodia de los hijos se haga cargo de la mitad de los gastos dedicados para la crianza de los mismos. Estos gastos se pueden dividir en dos grupos: unos que son previsibles y otros que atienden a necesidades puntuales de los menores.

En los siguientes puntos veremos que incluye la pensión alimenticia y cómo se dividen los gastos que se tienen en cuenta para su cálculo. Comenzamos.

¿Qué incluye la pensión alimenticia?

Como decíamos, el cálculo de la pensión de alimentos se realiza analizando los gastos necesarios para cubrir las necesidades básicas de los hijos en su día a día. Sin embargo, existen otros gastos que, aun siendo igualmente necesarios, no son recurrentes ni predecibles. Estos se denominan extraordinarios.

El objetivo de la pensión de alimentos es que el cónyuge que no ostente la custodia de los hijos se haga cargo de la mitad de los gastos dedicados para la crianza de los mismos.

Por último, están aquellos gastos no imprescindibles pero que ambos progenitores acuerdan hacerse cargo, que se denominan gastos voluntarios. Veamos qué gastos se incluyen en cada uno de estos grupos.

Desglose de gastos en la pensión alimenticia

Gastos ordinarios

Los gastos ordinarios son los que se tienen en cuenta para fijar la cuantía de la pensión de alimentos. Considerándose los gastos habituales y recurrentes que necesitan los menores en su día a día. Entre ellos se encuentran:

  • Los gastos derivados del embarazo y el parto.
  • Guardería: todos los gastos de guardería necesarios para el cuidado del menor.
  • Vivienda: entran todos los gastos necesarios para asegurar una vivienda digna al menor. Para su cálculo se tendrá en cuenta la situación previa a la separación de los progenitores con el objetivo de que la vida del menor se vea afectada lo menos posible después del divorcio.
  • Alimentación: todo lo necesario para satisfacer las necesidades básicas en cuanto a comida y bebida.
  • Vestido: ropa y calzado adecuado para sus necesidades. Debiendo disponer de ropa adecuada para la época del año y la climatología.
  • Educación: en este punto se incluye tanto la educación obligatoria como la superior. Incluyendo todos los gastos de material escolar, servicio de comedor, transporte, cuota de colegio, matrícula universitaria, etc.
  • Salud: todos los gastos necesarios para asegurar el cuidado de la salud del hijo.

Gastos extraordinarios

Por otro lado, están los gastos extraordinarios. Estos gastos son aquellos que, aun siendo necesarios para la crianza el cuidado del hijo, no se pueden predecir. Ya que atienden a necesidades puntuales y difíciles de predecir.

Estos gastos se suelen hacer cargo ambos progenitores al 50 %, exceptuando los casos en los que se establezca de otro modo en el convenio regulador. Entre los gastos extraordinarios se suelen encontrar:

  • Gastos médicos: compra de gafas, ortodoncia o tratamientos médicos especiales.
  • Educativos: clases de apoyo.

Gastos voluntarios

En este tercer grupo se encuentran aquellos gastos que no son obligatorios para cubrir las necesidades básicas del hijo, pero que ambos progenitores acuerdan su pago. Estos suelen ser actividades de ocio de los hijos, actividades extraescolares, etc.

Conclusión

Con estos hemos llegado al final del artículo. Espero que hayamos resuelto tus dudas sobre qué incluye la pensión alimenticia. En caso de que tengas cualquier duda sobre este o cualquier otro aspecto relacionado con la pensión de alimentos no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Te atenderemos encantados como abogados de familia en Zaragoza.

Herencia Sin Testamento: Trámites y Reparto

Cuando una persona fallece sin dejar por escrito a quién lega sus bienes, se deberá tramitar una herencia sin testamento. Esta situación, aunque menos común de lo que solía ser, se suele dar por la falta de previsión al no realizar testamento. Sin embargo, esta no es la única causa.

En estos casos se tratará de una “herencia abintestato” (sin testamento), y su reparto de la herencia se realizará según se establezca en la ley de sucesiones de la comunidad autónoma de residencia del fallecido.

Cuando una persona fallece sin dejar por escrito a quién lega sus bienes, se deberá tramitar una herencia sin testamento. Pero esta no es la única causa.

Siendo que muchos de nuestros clientes nos preguntan esta cuestión como abogados especialistas en herencias vamos a dedicar este artículo a despejar todas las dudas sobre la herencia sin testamento. Haciendo hincapié en quién recibirá la herencia según el orden sucesorio.

Para intentar que este artículo no se convierta en un repaso del código civil y mejorar su comprensión, daremos respuesta a las cuestiones más habituales que surgen en esta situación.

¿Cuándo se considera una herencia sin testamento?

Se tiende a pensar que esta situación se da únicamente cuando el fallecido no ha dejado testamento, pero no es la única. Entre ellas, además de la mencionada, se da cuándo:

  • El testamento es considerado nulo o ha perdido su validez.
  • No se declara herederos para una parte de la herencia.
  • En los casos en los que el testador (fallecido) pusiera una condición al heredero para recibir el legado y este no la haya cumplido.
  • Si el heredero está incapacitado para heredar.

En cualquiera de estos casos el testamento perderá su validez, debiendo repartir la herencia del fallecido entre sus herederos forzosos, al menos la parte que les corresponde, conocida como La Legítima. Vamos a ver qué trámites debes seguir si te encuentras en alguna de estas situaciones.

Trámites a realizar en una herencia sin testamento

El primer paso cuando un familiar fallece es solicitar el certificado literal de defunción en el Registro Civil donde falleció. Con este documento se podrán iniciar los trámites para el reparto de la herencia sin testamento, así como la cancelación de los contratos y suministros a nombre del familiar fallecido.

Para resolver esta situación se procederá a realizar la declaración de herederos. Trámite mediante el cual los herederos legítimos realizarán la aceptación de herencia para proceder al reparto de la misma.

Este trámite se debe realizar ante notario y se aconseja la asistencia de un abogado experto en herencias que asegure la corrección legal del proceso.

Cómo realizar el reparto en una herencia sin testamento

Cuando la persona fallecida no ha dejado testamento, el Código Civil lo recoge como sucesión intestada. En estos casos, serán los herederos legítimos quienes ostentan el derecho sucesorio.

Dependiendo de la comunidad autónoma en la que te encuentres la ley de sucesiones cambia. Siendo Aragón, Galicia, Cataluña, Baleares, Navarra y País Vasco aquellas que cuentan con derecho de sucesiones propio.

En estos casos no se sigue el mismo criterio para determinar a la legítima (parte de la herencia que corresponde a los herederos por ley) ni aquellos herederos con derecho a percibirla. Sin embargo, por norma general suelen ser los descendientes del fallecido, parientes colaterales (hermanos y sobrinos) o ascendientes vivos (padres y abuelos).

Reparto de Herencia sin testamento entre cónyuge e hijos

Esta es una situación muy común y por ello le dedicamos un apartado exclusivo. En estos casos, los herederos legítimos serán los descendientes del fallecido (sus hijos) pero el cónyuge ostentará el usufructo de la herencia (o parte de ella dependiendo de la comunidad autónoma) hasta su muerte. En el caso de la vivienda, se conoce como nuda propiedad.

Esta situación también se puede resolver si el cónyuge renuncia al usufructo de la herencia. De este modo, serán sus hijos a quienes reciban la herencia.

Cambian algo una herencia sin testamento respecto a hacienda

No. El hecho de establecerse una herencia sin testamento no cambia el tipo impositivo que grava a la herencia. A este respecto, la ley únicamente contempla diferentes deducciones dependiendo del nivel de parentesco del heredero.

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Conclusión

Para tramitar una herencia sin testamento necesitarás la asistencia de un abogado experto en herencias en Aragón que dirija el proceso, ya que se requiere un amplio conocimiento legal. Si tienes cualquier duda no dudes en ponerte en contacto.

Despido Improcedente: Causas, Indemnización y Derecho a Paro

En el artículo de hoy trataremos un tema sobre los que más nos consultan como abogados laboralistas, el despido improcedente. Nuestra primera aproximación es explicar que no todos los despidos son iguales.

El derecho laboral establece unos derechos y obligaciones tanto para trabajadores como pare empresarios, y del cumplimiento de estos dependerá que se considere despido objetivo, despido improcedente o despido nulo.

Volviendo al tema que nos ocupa en este artículo, se entiende como despido improcedente aquel que lleva a cabo el empresario de manera unilateral. No acreditando las causas del despido.

O bien porque la justificación que presenta el empresario para el despido no cumplen los requisitos formales exigidos por la legislación laboral y el convenio colectivo que corresponda.

Para entenderlo mejor vamos a analizar los casos concretos en los que se considerará un despido improcedente.

¿Cuándo se considerará despido improcedente?

Después de lo argumentado anteriormente, se podrá considerará despido improcedente en los siguientes casos:

  1. Cuando no se acredite por parte del empleador, a través de la carta de despido, las causas que justifiquen un incumplimiento de las obligaciones del trabajador que acrediten un despido disciplinario. O que la situación económica de la empresa no se encuentre en la situación que justificaría un despido objetivo.
  2. El incumplimiento de las formalidades legales requeridas para salvaguardar los derechos laborales del trabajador. Entre ellas se encuentra: la falta de comunicación al trabajador por escrito, no descripción detallada de los hechos que justifiquen el despido o la inconsistencia en las fechas y efectos de los mismos.
  3. La falta de audiencia de los delegados sindicales en los casos que un trabajador esté afiliado a un sindicato o que se omita el expediente contradictorio del representante de los trabajadores.

¿Qué indemnización corresponde por despido improcedente?

Cuando el despido de un trabajador se considera improcedente, este tendrá derecho a cobrar la indemnización máxima que contempla la ley. Sin embargo, en el cálculo de la indemnización por despido improcedente hay que tener en cuenta la antigüedad del trabajador en la empresa. Ya que con la reforma laboral de 2012 se redujeron tanto los días por años de indemnización como las mensualidades máximas a percibir.

En términos generales, se deberá realizar el siguiente cálculo:

  • El periodo de antigüedad hasta el 12 de febrero de 2012, le corresponden al trabajador 45 día por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades.
  • Mientras que el periodo que comprenda desde el 12 de febrero de 2012 hasta la fecha del despido, le corresponderá al trabajador 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.

¿Qué sucede cuando un despido es considerado improcedente?

En el caso de que el trabajador haya reclamado ante la autoridad competente y el despido haya sido considera improcedente, la sentencia condenará a la empresa a optar en el plazo de 5 días desde su notificación a:

  1. Readmitir al trabajador, abonando el sueldo que hubiera percibido el trabajador en el periodo que haya durado el trámite judicial o hasta que hubiera encontrado otro puesto de trabajo.
  2. Indemnizar al trabajador por la cuantía máxima que establece la ley.

¿Tendrás derecho a paro ante un despido improcedente?

Si. El trabajador que sufra un despido improcedente tendrá derecho a percibir la prestación por desempleo si ha trabajado el tiempo suficiente para obtener el derecho a percibir este ingreso.

Conclusiones

Con esto hemos llegado al final del artículo. Espero que hayas resuelto tus dudas sobre el despido improcedente. Si te encuentras en alguna de las situaciones que mencionamos en este artículo o crees que se están vulnerando tus derechos, no dudes en ponerte en contacto.

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Cálculo Pensión de Alimentos, Modificación y Actualización

En el artículo de hoy vamos a tratar uno de los puntos más controvertidos cuando hay que afrontar un proceso de divorcio con hijos: el cálculo de la pensión de alimentos.

Teniendo en cuenta todas las consultas que recibimos como abogados de familia, vamos a responder a las preguntas más habituales que nos plantean nuestros clientes cuando se enfrentan a una situación como esta.

¿Cómo se realiza el cálculo de la pensión de alimentos?

En España no existe homogeneidad de criterios para calcular la pensión de alimentos que deberá satisfacer uno de los cónyuges al que ostenten la custodia de los menores después de una separación o divorcio.

Para realizar este cálculo se delega en los juzgados la responsabilidad de interpretar las circunstancias del caso concreto al que se enfrenten. Teniendo en cuenta tanto las circunstancias económicas de los progenitores como las necesidades de los menores.

En España no existe homogeneidad de criterios para calcular la pensión de alimentos que deberá satisfacer uno de los cónyuges al que ostenten la custodia de los menores después de una separación o divorcio.

Esta falta de criterios establecidos provoca que muchos procedimientos que podrían ser resueltos por la vía amistosa, a través de un divorcio de mutuo acuerdo, acaben desembocando en un divorcio contencioso al no llegar a un acuerdo en el cálculo de la pensión de alimentos.

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¿Qué se tiene en cuenta para calcular la pensión de alimentos?

Partiendo del supuesto de que los progenitores no lleguen a un acuerdo en la cantidad que deberá satisfacer el cónyuge no custodio en concepto de pensión de alimentos. Situación que lamentablemente se da con bastante frecuencia. En el juzgado se valorarán las circunstancias económicas de los progenitores. Partiendo su cálculo del límite que marca la pensión mínima.

Por ello, siendo la pensión mínima aquella cantidad que se considera mínima para cubrir las necesidades básicas de los menores, la pensión que dictamine el juez nunca estará por debajo de este límite. Prevaleciendo por encima de todo el bienestar de los menores.

Manteniéndose la obligación de pagar la pensión alimenticia incluso en los casos en los que el cónyuge no custodio no perciba ningún ingreso.

Para el cálculo de la pensión también se tendrán en cuenta los gastos de manutención de los menores, así como la situación económica en la que se encontraban previa a la separación, con el objetivo de perturbar lo menos posible la vida de los hijos.

¿Cuándo se puede solicitar una modificación de la pensión de alimentos?

En casos en los que la situación económica de los progenitores cambie sustancialmente en un periodo prolongado en el tiempo, se podrá solicitar al juzgado una modificación de medidas.

Además, se podrán tener en cuenta cambios sustanciales en el gasto de manutención de los menores. Entendiéndose estos como los gastos necesarios para satisfacer las necesidades de su día a día (alimentos, escolarización, vestido, salud, etc.).

¿Cuándo se debe actualizar la pensión de alimentos según el IPC?

La pensión alimenticia no es una cifra fija e inamovible, ya que el precio de la vida varía año a año. Por ello, para que la calidad de vida de los menores no se vea perjudicada ante variaciones en el precio de la vida, la pensión alimenticia se tiene que actualizar año a año según evolucione el IPC.

Con esto hemos llegado al final del artículo. Si tienes alguna duda sobre la pensión de alimentos no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Como abogados matrimonialistas en Zaragoza te ofreceremos la mejor solución a tu problema.

Despido Nulo: Causas, Indemnización y Derecho a Paro

En el artículo de hoy analizaremos el despido nulo en España. Repasando su definición, las causas que lo provocan y las consecuencias, tanto para el trabajador como para la empresa, que ocasionan la consideración de un despido nulo.

Una empresa puede extinguir el contrato de un trabajador a través de un despido objetivo, un despido disciplinario o un despido improcedente. Y en cada uno de estos casos el trabajador tiene derecho a impugnar la decisión de la empresa si entiende que se han vulnerado sus derechos.

Una vez interpuesta la reclamación será el juez quién determine si las causas del despido son justas, considerando el despido procedente, si no se han cumplido los aspectos formales se considerará improcedente, o despido nulo si aprecia que se han vulnerado los derechos del trabajador o la legislación laboral.

Una empresa puede extinguir el contrato de un trabajador a través de un despido objetivo, un despido disciplinario o un despido improcedente. Y en cada uno de estos casos el trabajador tiene derecho a impugnar la decisión en los tribunales.

Vamos a repasar en el siguiente punto en qué circunstancia se puede considerar un despido nulo.

¿Cuándo se considera un despido nulo?

Como decíamos, un despido se considerará nulo cuando se vulneren los derechos y/o libertades del trabajador. Los casos en los que se suelen dar estas circunstancias son:

  • Los causados por discriminaciones prohibidas por la legislación: como acoso laboral o mobbing o  discriminación por sexo, orientación sexual o religión.
  • Por la violación de los derechos y libertades de los trabajadores.
  • Todos los relacionados con la maternidad o el embarazo.
  • Despido causado durante el tiempo de excedencia por cuidado de hijo.
  • A trabajadores que sufran violencia de género por acogerse a su derecho de reducción o reordenación de la jornada de trabajo, movilidad geográfica, cambio de centro de trabajo, etc.
  • Aquellos despidos colectivos que no hayan cumplido los trámites recogidos por el derecho laboral.

En todos estos casos, salvo que se demuestre que las causas argumentadas por la empresa nada tienen que ver con ellos, será declarado despido nulo.

¿Qué sucede cuando un juez declara un despido nulo?

Cuando un juez declara un despido nulo, a efectos legales se considera como si ese despido nunca se hubiera producido. Por lo tanto, el trabajador deberá ser readmitido en su mismo puesto de trabajo y mismas condiciones que disfrutaba antes del despido. Además, se le abonarán el salario que hubiera cobrado durante el tiempo de tramitación del despido.

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¿Corresponde indemnización en caso de despido nulo?

En caso de declarar un despido nulo no corresponderá indemnización por despido al trabajador. Sin embargo, este podrá reclamar una indemnización por daños y perjuicios en caso de verse perjudicado económicamente.

Esta situación se suele dar cuando el empleado tuvo que pedir créditos, sufrir un desahucio o dejar de pagar la hipoteca siendo penalizado con intereses de demora. Probar que estos gastos son plenamente imputables al despido es complejo, pero en algunos casos serán reconocidos por el juez.

Conclusiones

Si has sufrido un despido y crees que se han vulnerado tus derechos como trabajador puedes reclamar para solicitar un despido nulo y solicitar el reingreso en la empresa. Para ello, te recomendamos que consultes con un abogado laboralista para que estudie tu caso y te recomiende qué acción debes tomar.

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¿Qué es la Herencia Yacente?

En el artículo de hoy hablaremos sobre la herencia yacente. Esta situación causa mucha confusión entre los herederos ya que se piensa, erróneamente, que los bienes el fallecido pasan a formar parte del patrimonio de sus legatarios directamente después de su muerte.

Sin embargo este trámite se dilata en el tiempo. Ya que se deberá producir la declaración de herederos y el trámite de aceptación de herencia entre otros.

Esta situación causa mucha confusión entre los herederos ya que se piensa, erróneamente, que los bienes el fallecido pasan a formar parte del patrimonio de sus legatarios directamente después de su muerte.

Para resolver todas las dudas sobre este concepto resolveremos las cuestiones más comunes que nos transmiten nuestros clientes. Pero antes veamos su significado.

¿Qué es la herencia yacente?

La herencia yacente se considera a la situación en la que se encuentran los bienes legados de la persona fallecida, desde que fallece hasta que se produce la aceptación y el reparto de la herencia entre sus herederos.

Este periodo puede dilatarse en el tiempo ya que, como comentamos en otros artículos, los herederos no reciben directamente la herencia de la persona fallecida hasta que no se realice la aceptación de la herencia.

Esto llama mucho la atención a quienes no están familiarizados con este procedimiento ya que el término herencia está asociado a bienes y derechos. Sin embargo, también se pueden heredar las deudas y obligaciones del fallecido (excepto que se acepte la herencia a beneficio de inventario).

En los casos en los que las deudas superan a los bienes, lo más recomendable será renunciar a la herencia. Excepto casos concretos que habrá que estudiar para valorar la opción más recomendable.

Por ello, hasta que se produzca la aceptación o renuncia, esta se mantendrá como herencia yacente.

Pero, y si se prolonga esta situación en el tiempo ¿Quién administra estos bienes? Vamos a verlo.

¿Quién administra la herencia yacente?

Durante el tiempo que dure esta situación se asignará a un administrador de la herencia yacente. Siendo que, aunque carece de personalidad jurídica al no poder determinarse su propiedad hasta la aceptación de la misma, si tiene capacidad procesal. Siendo posible dirigir una demanda frente a la herencia yacente para reclamar el derecho a la misma o titulares de créditos contra el patrimonio del fallecido.

Para determinar al administrador se tendrá en cuenta la voluntad del causante (fallecido), estableciéndose la figura del albacea testamentario. Al que el fallecido puede conferir poderes para la administración y representación de la herencia.

En determinadas comunidades autónomas existe legislación específica a este respecto. Como sucede en el caso de la Fiducia Aragonesa.

¿Quién tributa por los rendimientos de una herencia yacente?

Desde el fallecimiento hasta la aceptación de la herencia, los bienes serán atribuibles a los herederos. Por ello, salvo que se haya renunciado a la herencia pura, simple y gratuitamente, quienes ostenten la propiedad de los rendimientos que generen los bienes que compongan la herencia tendrán que tributar por ellos.

Por lo tanto, cada uno de los herederos deberá declarar en su autoliquidación de IRPF, así como los impuestos que puedan devengar rendimientos generados de la parte proporcional que le corresponda.

¿Qué problemas suelen surgir con las herencias yacentes?

Un problema muy común con la herencia yacente se da cuando se lega una propiedad alquilada. En estos casos, cada uno de los herederos deberá declarar su parte proporcional pero no se podrá emitir varias facturas.

Para solucionar este problema hay que acudir a la Agencia Tributaria y dar de alta a la herencia yacente para que se le proporcione un NIF y poder operar a efectos fiscales. De este modo, cada uno de los herederos podrá declarar su parte proporcional como renta del capital inmobiliario.

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Conclusiones

En estos casos es esencial contar con la asistencia de abogados expertos en herencia para asegurar la legalidad del proceso. Por ello, si tienes cualquier duda sobre la tramitación de tu herencia, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Como abogados especialistas en herencias te te ofreceremos la mejor solución que se adapte a tu caso concreto.

Declaración de Herederos: Plazos, Procedimiento y Reparto

Cuando nos enfrentamos a la muerte de un familiar se te vienen encima muchas incertidumbres legales. Siendo las más comunes aquellas relacionadas con el testamento y la declaración de herederos.

La declaración de herederos es el trámite que se debe realizar cuando el fallecido no ha designado, a través de un testamento, a los beneficiarios de su herencia.

En el artículo de hoy analizaremos un procedimiento que causa muchas dudas entre nuestro clientes: la declaración de herederos. Y para mejorar la comprensión del artículo intentaremos dar respuesta a las cuestiones más habituales que nos plantean nuestros como abogados especialistas en herencias.

Comenzamos analizando cuándo se debe realizar la declaración de herederos.

¿Cuándo se realizará la declaración de herederos?

La declaración de herederos es el trámite que se debe realizar cuando el fallecido no ha designado, a través de un testamento, a los beneficiarios de su herencia.

Una vez que se haya certificado que nos debemos enfrentar a una herencia sin testamento, los familiares deberán obtener la declaración de herederos abintestato para proceder al reparto de la herencia.

¿Quién puede solicitar una declaración de herederos?

Esta duda el muy común entre los clientes de nuestro despacho.

Podrá solicitar la declaración de herederos cualquier persona que tenga un interés legítimo sobre la herencia. Es decir, familiares directos del fallecido que tengan por ley derecho legítimo de heredar y les corresponda, por lo tanto, la legítima.

¿Dónde se realizará la declaración de herederos?

Con la modificación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria en junio de 2015 se ha modificado este trámite. Antes de esta modificación, los herederos colaterales tenían que acudir al juzgado para tramitar y recibir la herencia.

Ahora pueden acudir junto con los herederos legítimos, ascendientes, descendientes y cónyuge, a un notario. Simplificando enormemente este trámite.

¿Se puede repartir la herencia sin acuerdo entre los herederos?

Si. Existen procedimiento para solventar este obstáculo.

La falta de acuerdo para el reparto de una herencia se puede dar por dos motivos. Vamos a analizar ambos y la forma de solventarlos.

La no manifestación sobre la renuncia o aceptación de la herencia de uno o varios de los herederos:

Las personas con derecho legítimo sobre una herencia tendrán que manifestar su deseo de aceptar o renunciar a la herencia. Para agilizar el trámite en caso de que alguna de los interesados dilate esta decisión, los interesados, ya sean beneficiarios o acreedores, pueden obligar a que los herederos se pronuncien en un plazo de 30 días.

Obstaculizar el reparto de la herencia una vez aceptada:

Esto sucede cuando todos los herederos son propietarios de un porcentaje de la herencia, pero no tiene estipulados bienes concretos que puedan poner a su nombre.

En estos casos, aunque todos hayan aceptado la herencia, falta llegar a un acuerdo para proceder a al reparto de la herencia. Y puede que alguno de ellos esté bloqueando la negociación por pasividad o problemas de entendimiento.

Si se da este supuesto, se podrá evitar la vía judicial en los casos en los que los interesados en el reparto les corresponda más del 50 % de la herencia, pudiendo acudir al notario para la designación de una persona encargada de realizar la partición. Lo que se conoce fiduciario (en Aragón regulado por la fiducia aragonesa)

La persona designada necesitará la aprobación del notario o secretario judicial para proceder al reparto, salvo confirmación expresa de todos los herederos.

Documentación para realizar la declaración de herederos

Para realizar este trámite será necesario presentar la siguiente documentación:

  • Certificado de empadronamiento del fallecido.
  • Certificado de defunción.
  • Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad (para certificar que no existe testamento).
  • Certificaciones del registro civil.

Además, se requerirá como mínimo la asistencia de dos testigos que conocieran a los familiares de los fallecidos.

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Conclusiones

Hemos llegado al final del artículo. Esperamos haber resuelto todas tus dudas sobre la declaración de herederos. Si necesitas asesoramiento al respecto, no dudes en ponerte en contacto.

Renunciar a una Herencia: Procedimiento, Impuestos y Plazos

Cuando una persona fallece se abre la posibilidad de que su patrimonio pase a sus herederos. Este procedimiento no es automático, sino que requiere que los interesados manifiesten su deseo de aceptar o renunciar la herencia en la declaración de herederos.

Se cree erróneamente que siempre es positivo recibir una herencia. Pero existen varios supuestos en los que puede suponer un perjuicio económico para el heredero.

Existen una gran confusión legal cuando nos enfrentamos, después del fallecimiento de un ser querido, a la tramitación para el reparto de la herencia. Por ello recibimos en nuestro despacho muchas consultas sobre este este asunto concreto solicitando asesoramiento experto.

Por ejemplo, se podría pensar que siempre es positivo recibir una herencia. Sin embargo, existen varios supuestos en los que la aceptación de la herencia puede suponer un perjuicio económico para el heredero.

Vamos a ver en qué casos se suele renunciar a una herencia y sus motivos.

¿Por qué se renunciar a una herencia?

Existen varios motivos por los que los herederos puede decidir renunciar a una herencia.

1 Las deudas exceden a los bienes: al aceptar una herencia se transfiere todo el patrimonio del fallecido al heredero. Esto incluye tanto los bienes como las deudas. Por ello, no tiene sentido la aceptación de una herencia cuando haya más deudas que bienes y tener que responder a ellas con el patrimonio personal del heredero.

Una forma de evitar esta situación es aceptar la herencia a beneficio de inventario. Con ello únicamente se responde a las deudas contraídas con los bienes heredados. Quedando a salvo el patrimonio anterior del heredero.

2 Imposibilidad de pago del impuesto de sucesiones: este es un motivo muy común para renunciar a una herencia y que se está intentando evitar a través de modificaciones en las leyes. En las comunidades autónomas donde exista este impuesto, el heredero deberá hacer frente al pago del mismo. Pudiéndose dar el caso de no disponer de fondos para satisfacerlo.

En este supuesto, el caso se debe estudiar por abogados especialistas en herencias para tomar la decisión más beneficiosa para el heredero. Existiendo la posibilidad de solicitar un préstamo para satisfacer el pago del impuesto.

¿Qué tener en cuenta antes de renunciar a una herencia?

1 La renuncia es irrevocable: cuando se toma la decisión y se renuncia a la herencia se pierden todos los derechos sobre la misma.

2 Los menores de edad necesitan autorización para renunciar a la herencia.

3 Quién renuncia a una herencia priva de estos bienes a sus herederos. Por ejemplo, si un padre renuncia a una herencia, salvo que en el testamento del fallecido designe como sustitutos a sus hijos, estos perderán el derecho sobre estos bienes.

¿Cómo renunciar a una herencia?

Una vez se ha tomado la decisión de renunciar a la herencia y teniendo en consideración las consecuencias de este acto, se deberá expresar en escritura pública ante notario.

Además, debes tener en cuenta que esta renuncia es definitiva y total. No podrás dar marcha atrás ni aceptar únicamente una parte de los bienes y renunciar al resto.

Dicho esto, el procedimiento que se suele llevar a cabo para renunciar a una herencia puede ser de dos formas.

1 Renuncia simple: en este supuesto se realiza la renuncia de la totalidad de la herencia y la misma pasará al resto de herederos. O a un sustituto en el caso de venir recogido en el testamento.

2 Renuncia en favor de alguien: en este supuesto el heredero cede su derecho a otra persona. Pero para poder ceder este derecho primero tiene que haberlo adquirido. Por ello, tendrá que hacer frente primero al pagos de los impuestos de la herencia (sucesiones) y después al impuesto de donaciones por ceder este derecho. Es decir, una doble imposición.

¿Cuánto cuesta renunciar a una herencia?

Cómo vimos en el punto anterior, dependiendo de si se renuncia de manera simple o a beneficio de alguien, este acto tendrá coste para el renunciante.

El caso más gravoso fiscalmente se da cuando se cede el derecho hereditario a otra persona. Produciéndose, como hemos visto en el punto anterior, una doble imposición.

Para evitarlo es recomendable realizarla de una manera simple, manifestando únicamente la voluntad de no aceptar la herencia sin beneficiar especialmente a otro heredero. De este modo, a efectos fiscales es como si nunca hubiera sido heredero y no está sujeto a impuesto de sucesiones.

En caso de querer beneficiar a otra persona, el mejor modo será preverlo con anterioridad para que se deje constancia en el testamento el suplente al que pasará el derecho hereditario en caso de renuncia. De este modo se evita la doble imposición.

Plazo para renunciar a una herencia

No existe un plazo para renunciar a una herencia, al igual que sucede en el caso de la aceptación de herencia.

Sin embargo, sí que podrá ser requerido por cualquier interesado en el proceso, ya sea heredero o acreedor del fallecido, y estar obligado a manifestar la aceptación o renuncia de la herencia en un corto espacio de tiempo.

A esto se lo conoce como interpelación al heredero y es competencia del notario. Una vez realizado este requerimiento, el interpelado tendrá un plazo de 30 días naturales para tomar una decisión.

Una vez transcurrido este plazo, si el interesado no se manifiesta sobre la aceptación o renuncia de la herencia, se entenderá aceptada pura y simplemente. Quedando anulada la posibilidad de renuncia o aceptación a beneficio de inventario.

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Conclusión

Con esto hemos llegado al final del artículo. Espero que hayas resuelto tus dudas sobre el proceso de renuncia de una herencia y todas sus características. Si tienes alguna duda o no estás seguro de qué decisión tomar, acude a un abogado especialista en herencias para que te asesore.

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