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Si mi Hijo Trabaja le Corresponde Pensión Alimenticia

¿Si mi Hijo Trabaja le Corresponde Pensión Alimenticia?

A la pregunta ¿si mi hijo trabaja le corresponde pensión alimenticia? nuestra respuesta siempre es la misma, depende. La lógica llevaría a pensar que al percibir un sueldo se acaba la obligación de los padres a mantener a sus hijos. Sin embargo, la ley establece unas normas para asegurar la protección de los hijos que puedan estar en situación de vulnerabilidad.

Esta esta es una cuestión habitual que nos realizan nuestros clientes cuando sus hijos entran en el mercado laboral. Pero la respuesta no es tan sencilla como se pudiera imaginar. Para analizarlo debemos comenzar respondiendo a otra pregunta habitual. Sigue leyendo.

¿Le corresponde pensión alimenticia a mi hijo siendo mayor de edad?

La ley no establece una edad en la que los hijos dejarán de tener el derecho de ser mantenidos por sus padres. Sin embargo, se tendrá en cuenta la actitud o la ocupación del hijo mayor de edad, analizando si está estudiando o el motivo de la falta de empleo para mantener el derecho a pensión de alimentos.

Con la crisis del 2008 la precariedad en el mercado de trabajo ha sido generalizada. Afectando especialmente a los más jóvenes. Los cuales tienen enormes dificultades para entrar en el mercado laboral y cuando lo logran, no consiguen el sustento necesario para ser económicamente independientes.

Sin embargo, en determinadas situaciones se puede imputar la falta de empleo a la falta de actitud del hijo. Pudiendo solicitar en el juzgado una modificación de medidas para lograr la liberación de la obligación de mantener al hijo.

En el siguiente punto analizamos este supuesto. Sigue leyendo.

¿Cuándo es posible extinguir el pago de la pensión alimenticia?

El pago de la pensión alimenticia es un derecho de los hijos a que sus padres se encarguen de su manutención y su bienestar mientras estos lo necesiten. La ley no estipula el tiempo que los hijos tendrán la necesidad de recibir una pensión de alimentos. Pero sí que establece unos supuestos por los cuales los hijos perderán el derecho a la misma.

Para dejar más claros estos supuestos vamos a establecer los supuestos por los que los hijos perderán el derecho a recibir pensión de alimentos:

  • Se establece que los hijos que reciban pensión alimenticia deberán acreditar su aprovechamiento. Bien sea por estar cursando estudios oficiales o por no encontrar trabajo por una causa que no le sea imputable. De lo contrario, se podría proceder a la supresión de la pensión alimenticia a través de un proceso de modificación de medidas.
  • Los hijos que hayan acabado sus estudios y que tengan la capacidad de entrar al mercado laboral, pero que, por motivos imputables al hijo, no consiga un trabajo. En este caso, un juez podrá determinar que el hijo no está cumpliendo con su obligación y podrá retirarle la pensión alimenticia.
  • En los casos en los que el hijo tenga un trabajo o desempeñe una actividad económica que le permita ser económicamente independiente, no tendrá derecho a recibir pensión de alimentos.
  • Sin embargo, en los casos en los que el hijo tenga un trabajo de carácter temporal o que no consiga los ingresos mínimos para subsistir, seguirá teniendo derecho a percibir una pensión.
  • Si el hijo contrae matrimonio la obligación de los padres a mantener a su hijo quedará sin efecto. Siendo que se asume la independencia de este al contraer matrimonio, ya sea por sus propios medios o por los del cónyuge.

En resumen, en el momento en el que los hijos tengan la capacidad de valerse por sí mismo, entendida como la capacidad de encontrar un trabajo y no se encuentren cursando estudios oficiales, podría solicitarse la revocación de este derecho a través de un proceso de modificación presentado por un abogado de familia.