En el artículo de hoy vamos a tratar uno de los puntos más controvertidos cuando hay que afrontar un proceso de divorcio con hijos: el cálculo de la pensión de alimentos.
Teniendo en cuenta todas las consultas que recibimos como abogados de familia, vamos a responder a las preguntas más habituales que nos plantean nuestros clientes cuando se enfrentan a una situación como esta.
¿Cómo se realiza el cálculo de la pensión de alimentos?
En España no existe homogeneidad de criterios para calcular la pensión de alimentos que deberá satisfacer uno de los cónyuges al que ostenten la custodia de los menores después de una separación o divorcio.
Para realizar este cálculo se delega en los juzgados la responsabilidad de interpretar las circunstancias del caso concreto al que se enfrenten. Teniendo en cuenta tanto las circunstancias económicas de los progenitores como las necesidades de los menores.
En España no existe homogeneidad de criterios para calcular la pensión de alimentos que deberá satisfacer uno de los cónyuges al que ostenten la custodia de los menores después de una separación o divorcio.
Esta falta de criterios establecidos provoca que muchos procedimientos que podrían ser resueltos por la vía amistosa, a través de un divorcio de mutuo acuerdo, acaben desembocando en un divorcio contencioso al no llegar a un acuerdo en el cálculo de la pensión de alimentos.
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¿Qué se tiene en cuenta para calcular la pensión de alimentos?
Partiendo del supuesto de que los progenitores no lleguen a un acuerdo en la cantidad que deberá satisfacer el cónyuge no custodio en concepto de pensión de alimentos. Situación que lamentablemente se da con bastante frecuencia. En el juzgado se valorarán las circunstancias económicas de los progenitores. Partiendo su cálculo del límite que marca la pensión mínima.
Por ello, siendo la pensión mínima aquella cantidad que se considera mínima para cubrir las necesidades básicas de los menores, la pensión que dictamine el juez nunca estará por debajo de este límite. Prevaleciendo por encima de todo el bienestar de los menores.
Manteniéndose la obligación de pagar la pensión alimenticia incluso en los casos en los que el cónyuge no custodio no perciba ningún ingreso.
Para el cálculo de la pensión también se tendrán en cuenta los gastos de manutención de los menores, así como la situación económica en la que se encontraban previa a la separación, con el objetivo de perturbar lo menos posible la vida de los hijos.
¿Cuándo se puede solicitar una modificación de la pensión de alimentos?
En casos en los que la situación económica de los progenitores cambie sustancialmente en un periodo prolongado en el tiempo, se podrá solicitar al juzgado una modificación de medidas.
Además, se podrán tener en cuenta cambios sustanciales en el gasto de manutención de los menores. Entendiéndose estos como los gastos necesarios para satisfacer las necesidades de su día a día (alimentos, escolarización, vestido, salud, etc.).
¿Cuándo se debe actualizar la pensión de alimentos según el IPC?
La pensión alimenticia no es una cifra fija e inamovible, ya que el precio de la vida varía año a año. Por ello, para que la calidad de vida de los menores no se vea perjudicada ante variaciones en el precio de la vida, la pensión alimenticia se tiene que actualizar año a año según evolucione el IPC.
Con esto hemos llegado al final del artículo. Si tienes alguna duda sobre la pensión de alimentos no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Como abogados matrimonialistas en Zaragoza te ofreceremos la mejor solución a tu problema.