Después de la muerte de un ser querido, los familiares se deben enfrentar a un proceso complejo como es el reparto de una herencia. Es algo por los que la mayoría de nosotros vamos a pasar, tarde o temprano. Por ello, es mejor estar preparado conociendo cómo se realiza este procedimiento.
Como decía al comienzo, este es un tema complejo. Dependiendo de tu situación familiar y la comunidad autónoma en la que te encuentres, el reparto de la herencia puede cambiar en gran medida. Por ello, se deberá estudiar cada caso de forma personalizada.
En los siguientes puntos repasaremos los aspectos clave que se tienen en cuenta para repartir una herencia. Así como el procedimiento a seguir en los casos más comunes.
Reparto de herencia con testamento
Este es el caso ideal, ya que el fallecido ha dejado por escrito cómo se repartirán sus bienes. Con ello, se evitan muchos conflictos familiares que surgen en este proceso.
Sin embargo, en contra de lo que se suele pensar, en muchos casos se producen irregularidades en el testamento, haciendo que pierda validez total o parcialmente.
Para iniciar el reparto de la herencia con testamento se procederá a la declaración de herederos y la posterior aceptación de herencia por parte de las personas llamados a heredar.
Aunque, si los bienes de la herencia no cubren las deudas sobre la misma, también existe la posibilidad de renunciar a la herencia o aceptar al herencia a beneficio de inventario, con lo que solo se responderán a las deudas con los activos de la herencia. Quedando a salvo el patrimonio del heredero.
Como veremos más adelante, la herencia se divide en diferentes partes. Y cada una corresponderá a sus herederos forzosos o será de libre disposición del testador.
Reparto de herencia sin testamento
Esta situación se puede producir por más motivos que el obvio: la ausencia de testamento. Las causas más comunes por las que se debe afrontar el reparto de una herencia sin testamento son:
- La falta del mismo por falta de previsión del fallecido.
- Nulidad o pérdida de validez del testamento.
- La falta de cumplimiento del heredero de una condición impuesta por el testador.
- Incapacidad del heredero.
- No declarar herederos para una parte de la herencia.
En todos estos casos se considerará una herencia sin testamento. Por ello, para su reparto se deberá acudir a la ley para determinar qué parte corresponde a cada familiar según su grado. Vamos a repasar este aspecto en el siguiente punto.
Reparto de herencia según grado de parentesco
Dependiendo del grado de consanguinidad, y de la existencia de cónyuge y descendientes, el reparto de la herencia variará en gran medida.
Hablando desde un punto de vista general y sin tener en cuenta las comunidades autónomas que disponen de legislación propia en este aspecto, como veremos en el siguiente punto, el reparto de la herencia se puede esquematizarse del siguiente modo:
- Cónyuge: ostenta el usufructo en vida de los bienes del fallecido.
- Descendientes: los hijos serán los beneficiarios de la herencia de primer grado. Dependiendo de la comunidad autónoma donde residan, el reparto tendrá que ser solidario entre ellos o podrá ser adjudicado a un único hijo. En caso de ausencia, la herencia pasará a nietos o sobrinos.
- Ascendientes: en caso de ausencia de descendientes la herencia pasará a ascendientes.
La cantidad que reciban cada uno de ellos dependerá de las últimas voluntades del fallecido y de la ley que se aplique en cada CCAA. Para comprender mejor este punto, vamos a analizar las partes en las que se divide una herencia.
Parte en las que se divide una herencia
La herencia se divide en varias partes, las cuales han de ser tenidas en cuenta cuando se procede al reparto de una herencia. Por ello, en contra de lo que se suele pensar, el fallecido no tiene libertad total para elegir el beneficiario de todos sus bienes.
En los casos en los que te encuentres en alguna comunidad autónoma donde hayan desarrollado una legislación propia (Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia, Navarra o País Vasco) este reparto variará.
Según el derecho general la herencia se divide en tres partes iguales.
- La Legítima: este primer tercio se debe repartir entre los descendientes a partes iguales. En caso de que haya fallecido alguno de ellos, los beneficiarios serán los descendientes del mismo (nietos o sobrinos). En caso de ausencia, se repartirá entre los ascendientes a partes iguales.
- De mejora: el tercio de mejora se debe repartir entre los descendientes, pero no a partes iguales. Este tercio lo pude asignar el fallecido a través del testamento a uno o varios de los descendientes.
- Libre disposición: el tercio de libre disposición es la parte de la herencia que se podrá legar con total libertad. Por ejemplo, se puede dejar en el testamento que un tercio de la herencia recaiga en asociaciones benéficas, amigos, instituciones, etc.
Algo que se debe tener en cuenta en este punto es que, si el fallecido donó parte de sus bienes a algún hijo en vida, estos deberán ser tenidos en cuenta para el reparto de la herencia. Siendo descontados de la parte de legítima que le corresponda. A este aspecto se le denomina colación hereditaria.
Trámites para proceder al reparto de la herencia
El primer paso cuando un familiar fallece es solicitar un certificado literal de defunción en el Registro Civil donde falleció.
Este documento es necesario para iniciar los trámites para proceder al reparto de la herencia. Así como para para la cancelación de los contratos y suministros a nombre del fallecido.
El siguiente paso, como indicamos al comienzo, será realizar la declaración de herederos ante notario. Donde los mismos procederán aceptar la herencia o a renunciar a la herencia.
Este trámite, como decíamos, se realizará ante notario y se aconseja la asistencia de un abogado especialista en herencias para asesorar a los familiares en el proceso.
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Conclusiones
Como habrás visto, el reparto de una herencia es complejo y se deben tener en cuenta muchos aspectos. Por ello, te aconsejamos que nunca te enfrentes a este proceso sin el asesoramiento legal adecuado.