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Cuánto hay que Pagar a Hacienda por una Herencia en Aragón

¿Cuánto hay que Pagar a Hacienda por una Herencia en Aragón?

En el artículo de hoy vamos resolveremos una cuestión que te seguro te habrás hecho alguna vez ¿Cuánto hay que pagar a hacienda por una herencia? Te adelanto que este tema es complejo, pero intentaremos despejar tus dudas sin tecnicismos.

Dependiendo de la comunidad autónoma donde resida el contribuyente, la diferencia por pago de impuestos puede llegar a ser del 1.000%.

Como todos sabréis, el impuesto que grava las herencias es el impuesto de sucesiones y donaciones. Y antes de pasar a analizar cuánto deberás pagar de impuesto por herencias vamos a ver por qué existe tanta polémica alrededor de este impuesto. Siendo considerado como un impuesto injusto.

¿Por qué se considera el impuesto por herencia injusto?

Como sabrás, el impuesto de sucesiones y donaciones en muy impopular. Hay que tener en cuenta que este impuesto grava por tercera vez el ahorro del contribuyente, después de haberlo hecho el IRPF y el impuesto sobre el patrimonio.

Además, otro de los puntos controvertidos de este impuesto es el desequilibrio que se crea entre comunidades. Este impuesto está transferido a las CCAA, por lo que, dependiendo de la comunidad autónoma donde resida el contribuyente, la diferencia por pago de impuestos puede llegar a ser del 1.000%.

Este enorme desequilibrio provoca deslocalización. Siendo que muchos contribuyentes se empadronan en comunidades con regímenes fiscales más beneficiosos.

¿Cuánto se paga por una herencia en Aragón?

Anteriormente, existía una exención del pago de herencias a familiares de primer grado (hijos y cónyuges) de hasta 150.000 €. Sin embargo, con la nueva normativa se ha ampliado hasta los 500.000 €.

Esto hace que, según los datos del 2016, únicamente tendrán que pagar este impuesto 167 aragoneses ( un 0,67 %).

Además, en la ley se recogen otros supuestos en los que la exención será mayor. Por ejemplo, si la persona fallecida tenía hijos menores de edad, se sumará a la deducción del cónyuge 150.000 € por cada hijo menor de edad. Existiendo consideraciones especiales para personas con discapacidad.

Aunque esta exención no se aplica para otros grados de parentesco. Contemplando una reducción a descendientes de distinto grado como nietos o ulteriores. Fijando, por ejemplo, una deducción del 100% por la compra de la vivienda familiar del fallecido hasta los 200.000 €. Debiendo cuidar en este punto la nuda propiedad del inmueble.

Para la sucesión de empresas también se ha aplicado un aumento de la deducción, subiendo de un 30 a un 50 %. Llegando hasta un 70% para las microempresas.

Por último, también se recoge una modificación en la ley en cuanto a las donaciones. Donde se aplicará una deducción del 100 % para la compra de vivienda habitual en favor de los hijos con un límite de 250.000 € de valor del inmueble.

En el caso de una donación, habrá que tener en cuenta los bienes que haya donado el fallecido en vida a sus herederos forzosos para el reparto de la herencia. Esto se conoce como colación hereditaria y persigue el reparto equitativo de la masa hereditaria entre los herederos.

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Conclusiones

Para no complicar en exceso el artículo hemos evitado consideraciones técnicas. Pero en un caso real habrá que tener en cuenta más factores. Por ello, en estos casos debes buscar asesoramiento de abogados especialistas en herencias en Aragón.

De este modo te aseguras la corrección legal del proceso, eligiendo la alternativa tributaria más beneficiosa.

Espero que os haya ayudado este artículo. Si tienes alguna duda sobre el pago de impuestos por herencia en Aragón no dudes en ponerte en contacto con nosotros.