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Diferencias entre pareja de hecho y matrimonio

Diferencias entre Pareja de Hecho y Matrimonio Civil

Hoy hablaremos de las diferencias entre dos modelos de unión conyugal en España: las parejas de hecho y el matrimonio civil. Aunque ambas están amparadas por el derecho de familia no son equiparables legalmente, existiendo diferencias destacables tanto en los derechos como en las obligaciones que presentan.

Las comunidades autónomas han desarrollado leyes propias para brindar mayor protección legal a las parejas de hecho. Equiparando en gran medida sus derecho a los del matrimonio.

Aunque el matrimonio sigue siendo la opción más habitual en España, cada vez es más las habitual que las parejas se inscriban registro civil como parejas de hecho. Sin embargo, antes de tomar esta decisión se debe ser plenamente consciente de las diferencias entre pareja de hecho y matrimonio civil.

Es muy frecuente que se desconozcan las diferencias en los derechos que amparan a las parejas de hecho o los matrimonios. Dado que se puede acabar en una situación mucho más desfavorable siendo pareja de hecho que si hubieran contraído matrimonio en determinados casos. Más adelante veremos estas diferencias.

Para solventar este creciente problema, las comunidades autónomas han desarrollado leyes propias para brindar mayor protección legal a las parejas de hecho. Equiparando en gran medida sus derecho a los del matrimonio.

Sin embargo, el tribunal supremo decreto en 2005 que, ante la posibilidad de contraer matrimonio a cualquier pareja, sea cual sea su orientación sexual, los que no opten por esta opción no quieren, de ningún modo, estar regulados por los derechos y obligaciones que presenta el matrimonio.

Por lo que no se consideran equiparables ambas uniones en términos legales.

Dicho todo ello, pasemos a analizar las diferencias entre pareja de hecho y matrimonio civil.

Diferencias entre matrimonio y pareja de hecho en el régimen económico

Cuando se contrae matrimonio se puede realizar un pacto prematrimonial o de relaciones familiares para determinar el régimen económico del matrimonio. Que podrá ser de separación de bienes o gananciales. Y en caso de no realizarse ningún pacto, el régimen económico del matrimonio será de gananciales. Pudiendo realizar en cualquier momento el cambio de bienes gananciales a separación de bienes.

En cambio, establecerse como pareja de hecho no conlleva ninguna consecuencia en el régimen económico de la pareja. Por ello, si quieres modificar su régimen económico deberás presentar los pactos ante notario. De lo contrario, no se podrá validar un régimen económico matrimonial sin importar los años de unión o la existencia de hijos en común.

Diferencias entre matrimonio y pareja de hecho para su disolución

En el caso del matrimonio, para solicitar el divorcio únicamente será necesario el consentimiento de uno de los cónyuges transcurridos 3 meses desde la fecha del enlace. En el caso de no llegar a un acuerdo, se deberá acudir al juzgado para proceder a la disolución a través de un divorcio contencioso.

Cuando una pareja de hecho quiere disolver esta unión únicamente será necesario que se notifique al registro. No siendo necesario el acuerdo, pudiéndose realizar unilateralmente por uno de ellos. Además, según establece la regulación aragonesa la extinción de la pareja de hecho se dará si:

  • Se produce una separación de hecho por más de un año.
  • Contrae matrimonio uno de los integrantes.

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Diferencias entre matrimonio y pareja de hecho con hijos en común

En estos casos no se establecen diferencias entre matrimonio y pareja de hecho, prevaleciendo el principio de igualdad y protección de la familia. Por ello, en caso de disolución en la pareja de hecho o el matrimonio, no existirán diferencias en cuanto a pensión o custodia de los hijos.

Cuando se disuelve un matrimonio, las medida que afecten a los hijos se plasmarán en el convenio regulador a presentar junto con la demanda de divorcio.

Mientras que, en el caso de disolución de la unión de hecho, los temas que conciernan a los hijos comunes se dirimirán en un proceso de medidas paternofiliales.

Diferencias entre matrimonio y pareja de hecho en derechos económicos

Este es el punto en el que más diferencias existen entre los derechos que te amparan contrayendo matrimonio o estableciendo una unión como pareja de hecho. Vamos a ver los puntos en los que se diferencia.

Pensión compensatoria

En caso de divorcio, si uno de los cónyuges ve deteriorada su situación económica por, por ejemplo, no haber trabajado durante el matrimonio por dedicarse al cuidado de los hijos, podrá solicitar una pensión compensatoria para solventar esta descompensación en el mismo proceso de divorcio.

Cuando se produce una disolución de una pareja de hecho, puede variar dependiendo de la comunidad autónoma en la que vivas. En Aragón, una de las partes tendrá derecho a recibir una compensación económica en los casos de un desequilibrio patrimonial causado por un enriquecimiento injusto por una de las partes debido a:

  • Cuando uno de los convivientes haya contribuido, tanto económicamente como con su trabajo, a la mejora o mantenimiento de bienes comunes o privativos de la pareja.
  • Cuando un miembro de la pareja haya dejado de trabajar, total o parcialmente, para el cuidado del hogar o de los hijos.

Pensión de viudedad

En el matrimonio, el cónyuge tendrá derecho a cobrar una pensión por el fallecimiento de su marido sin importar los años que hayan estado casados o los ingresos que percibiera cónyuge fallecido.

Cuando unos de los miembros de una pareja no casada fallece, el derecho del cobro de la pensión de viudedad en Aragón estará sujeto a:

  • Estar inscritos como pareja de hecho en el registro.
  • Poder demostrar una convivencia de al menos 2 años o haber manifestado el deseo de inscribirse como pareja de hecho. En estos casos se presupone la existencia de pareja de hecho.

Herencia

En el matrimonio, el cónyuge viudo tiene derecho usufructuario de los bienes de su marido.

Sin embargo, el las uniones de hecho no está reconocido en derecho a heredar. Por lo que únicamente se podrá establecer a través del testamento.

Fiscalidad

En el ámbito fiscal también existen diferencias. Siendo que las parejas casadas podrán presentar la declaración de la renta de manera conjunta. Mientras que las parejas de hecho no dispondrán de esta opción.

Conclusiones

Aunque la legislación autonómica ha acercado los derecho de las parejas de hecho a los del matrimonio, las diferencias siguen siendo considerables. Por ello, se deberá tomar una decisión con pleno conocimiento de causa sobre la opción que mejor proteja los intereses de los miembros de la pareja.

Y con esto hemos llegado al final del artículo sobre las diferencias entre pareja de hecho y matrimonio. Espero que te haya sido útil. Si tienes alguna duda o quieres aportar algo no dudes en dejar un comentario.