En el Despacho Blasco Martínez siempre hemos tenido un clara orientación negociadora. Siendo conscientes que para llegar a una solución la búsqueda de entendimiento entre las partes es fundamental. Por ello, fuimos unos de los primeros despachos especializados en mediación cuando esta se estableció como método alternativo de resolución de conflictos en España.
En todo estos años, hemos aplicado la mediación para ayudar a nuestros clientes a resolver sus conflictos. Evitando la vía judicial, y los inconvenientes que esto acarrea.
A pesar de presentar múltiples ventajas, la mediación es un sistema de resolución de conflictos poco conocido. Para remediarlo vamos a analizar sus principales características. Haciendo hincapié en el método en el que nos basamos los profesionales de la mediación para la resolución exitosa de conflictos.
- Las principales ventajas que presenta la mediación son:
- Menor coste económico
- Menor perjuicio emocional
- Mayor rapidez en la resolución del conflicto
- Se evitan resentimientos al llegar a un acuerdo consensuado
- Se garantiza la confidencialidad
¿Por qué se creó la mediación?
En todas las organizaciones existen conflictos, prueba de ello es la saturación que sufren los organismos judiciales en España. La resolución de conflictos por vía judicial tiene desventajas, como sus elevados costes y la lentitud de sus procesos, lo cual hace elevar el perjuicio, tanto personal como económico, que sufren las partes.
Por ello, con el objetivo de superar estas desventajas se estableció el método de mediación. Proporcionando una alternativa viable a un procedimiento judicial para la resolución de conflictos.
Otro método similar para la resolución de conflictos por vía extrajudicial es el arbitraje. Este posee unas características específicas que lo diferencian de la mediación, siendo un método idóneo para casos específicos.
Método de arbitraje
Del mismo modo que en el caso de la mediación, el arbitraje es un método alternativo a la vía judicial para la resolución de conflictos. Pero, a partir de aquí, las diferencias entre la mediación y el arbitraje son notables.
En el método del arbitraje dos partes, de forma voluntaria, acuerdan que el asunto en disputa sea dirimido definitivamente por un tercero, llamado árbitro. Este deberá emitir una decisión, vinculante para las partes, que se denomina Laudo.
El Laudo dictado por el árbitro tiene rango de cosa juzgada. Esto implica su obligado cumplimiento por las partes. Por lo tanto, en caso de incumplimiento de lo dictado por el árbitro, se podrá reclamar directamente por vía ejecutiva el cumplimiento judicial del Laudo arbitral.